¿En qué consiste el Proceso Sancionatorio Urbanístico?
Bajo el Artículo 135 de la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia) y la Ley 810 de 2003, realizar construcciones, modificaciones, demoliciones o cambios de uso sin la debida licencia constituye una infracción urbanística grave.
Las autoridades de policía (Inspectores Urbanos y Alcaldes) están facultadas para imponer sellamiento inmediato de la obra, multas cuantiosas calculadas por metro cuadrado de construcción y órdenes de demolición del inmueble. Un adecuado manejo procesal dentro de los plazos perentorios resulta vital para proteger la edificación.
Estrategias Legales de Defensa
1. Impugnación y Recursos contra Órdenes de Demolición
Interposición oportuna de Recursos de Reposición y Apelación dentro de los 3 días posteriores a la audiencia o notificación para suspender la firmeza de la orden sancionatoria.
2. Objeción a Multas Especiales Urbanísticas
Impugnación de los avalúos catastrales y metros cuadrados atribuidos erróneamente por los inspectores para reducir o anular cobros desmedidos de sanciones morales o pecuniarias.
3. Acreditación de Antigüedad y Caducidad de la Acción
Demostración probatoria (fotografías satelitales históricas, peritajes técnicos, testimonios y servicios públicos) para alegar caducidad de la potestad sancionatoria del Estado.
4. Suspensión Procesal por Trámite de Licencia de Reconocimiento
Solicitud de suspensión temporal del procedimiento sancionatorio al radicar formalmente la Licencia de Reconocimiento ante la Curaduría Urbana.
¿Qué hacer si recibe una Citación o un Sellamiento?
1. No firme actas sin asesoría previa
Cualquier manifestación en el acta de inspección policial puede ser usada en su contra. Exija la presencia de su abogado defensor.
2. Respete los plazos de citación a Audiencia Pública
El Código de Policía fija audiencias verbales abreviadas con términos muy cortos (usualmente 3 a 5 días). La inasistencia no suspende el fallo.
3. Contacte inmediatamente a Grupo Soluciones
Asumimos la defensa técnica, asistimos a la audiencia verbal y presentamos las pruebas documentales y periciales para neutralizar la sanción.